La Sociedad Profesional de Abogados (Libro electrónico)
Información adicional
Año
2005
Autor
Klaus Jochen Albiez Dohrmann y Rosa García Pérez
Editorial
Aranzadi
Formato
PDF (Libro electrónico). Para leer este libro se necesita tener instalado el programa gratuito Adobe Reader.
Idioma
Castellano
ISBN
8497674871
Nº Páginas
272 páginas
La presente monografía analiza en profundidad el régimen jurídico de la sociedad profesional de abogados, una realidad que poco a poco ha ido tomando cuerpo en la normativa profesional de nuestro país, con la particularidad de que, en la actualidad, concurre una dualidad de normas reguladoras, con principios y orientaciones no siempre coincidentes, la estatal contenida en el nuevo Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, y la catalana prevista en el Código de la Abogacía Catalana, de 1 de marzo de 2001. La falta en nuestra literatura jurídica de una obra específica sobre esta sociedad profesional se pretende suplir con el trabajo que ahora sale al mercado. En él se ofrece un análisis de los aspectos más relevantes que plantea el ejercicio de la abogacía en sociedad, sin descuidar el ejercicio multiprofesional y otras formas de colaboración y cooperación entre abogados. El estudio viene precedido de un examen del marco comunitario del ejercicio en grupo de la abogacía, al que le sigue una exposición de la concreta regulación de la sociedad de abogados en algunos países europeos. Por último, la obra se acompaña de unos formularios que facilitarán al lector una visión más práctica en orden a la constitución de una sociedad de abogados. Extensión: 272 páginas
Índice
ABREVIATURAS INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I EL MARCO COMUNITARIO DEL EJERCICIO EN GRUPO DE LA ABOGACÍA I. PRINCIPALES LÍNEAS COMUNITARIAS DE LOS DERECHOS DE PRESTACIÓN Y DE ESTABLECIMIENTO DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE LA ABOGACÍA EN LOS ESTADOS MIEMBROS DE LA UNIÓN EUROPEA U OTROS ESTADOS PARTES EN EL ACUERDO SOBRE EL ESPACIO ECONÓMICO EUROPEO II. EL EJERCICIO TEMPORAL DE LA ABOGACÍA EN LOS ESTADOS DE ACOGIDA 1. La prestación de servicios de la abogacía 2. El carácter temporal de la prestación de servicios de la abogacía 3. La necesaria «concertación» en determinados casos 4. La posibilidad de la apertura de un despacho o de una sucursal en el Estado de acogida 5. La colaboración profesional entre abogados de los Estados miembros 6. El abogado visitante, ¿puede ser miembro de una sociedad de abogados o de una sociedad multiprofesional del Estado de acogida? III. EL EJERCICIO PERMANENTE DE LA ABOGACÍA EN LOS ESTADOS DE ACOGIDA 1. El derecho de establecimiento del abogado en los Estados de acogida 2. El ejercicio permanente de la abogacía en un Estado de acogida según la Directiva 98/5 3. El asunto C-168/98: Gran Ducado de Luxemburgo contra Parlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea (STJCE 7 de noviembre de 2000) 3.1. Los motivos de anulación denunciados por el Gran Ducado de Luxemburgo en el asunto C-168/98 3.2. La Directiva 98/5, ¿discrimina a los abogados nacionales? 3.3. La Directiva 98/5, ¿garantiza el conocimiento del Derecho del Estado de acogida? 3.4. La Directiva 98/5, ¿protege suficientemente a los usuarios? 4. La regulación del ejercicio permanente en España de la profesión de abogao con título profesional obtenido en el Estado de origen 4.1. La condición de abogado inscrito 4.2. El principio general de asimilación 4.3. La identificación del abogado inscrito 4.4. Las actividades del abogado inscrito. La «concertación» con un abogado local IV. EL EJERCICIO EN GRUPO DE ABOGADOS EN LOS ESTADOS DE ACOGIDA 1. La importancia de la Directiva 98/5 2. El expreso reconocimiento comunitario del ejercicio en grupo 3. El significado del término «grupo» 4. Objetivos de la Directiva 98/5 4.1. La primacía del Derecho profesional de Estado de acogida 4.2. La transparencia en la identificación del abogado perteneciente a un grupo 4.3. Situaciones de ejercicio en régimen societario en el Estado de acogida 5. El ejercicio en régimen societario de abogados inscritos en España 5.1. Marco jurídico básico 5.2. La apertura de una sucursal o agencia por una sociedad profesional de un Estado miembro en España 5.3. La constitución de una sociedad de abogados en España por abogados que son miembros de un mismo grupo de abogados en otro Estado comunitario 5.4. La constitución de una sociedad de abogados en España por abogados pertenecientes a un mismo Estado miembro 5.5. La constitución de una sociedad de abogados en España por abogados pertenecientes a distintos Estados miembros 5.6. La constitución de una sociedad de abogados en España entre abogados inscritos procedentes de distintos Estados de origen y uno o más abogados ejercientes con título español 5.7. La entrada de abogados inscritos como socios en una sociedad de abogados española 5.8. La prohibición de entrada de un profesional de origen que no sea abogado en una sociedad de abogados española 5.9. La prohibición de sociedades de abogados de origen integradas por personas ajenas a la abogacía 5.10. La pertenencia de un abogado inscrito a una sociedad multiprofesional española 5.11. Un supuesto particular: El abogado inscrito miembro de una sociedad unipersonal de origen y el abogado inscrito que quiere crear en España una sociedad unipersonal 6. Una breve consideración a la sociedad anónima europea de abogados CAPÍTULO II LA SOCIEDAD DE ABOGADOS EN EL DERECHO COMPARADO I. EL EJERCICIO EN COMÚN DE LA ABOGACÍA EN FRANCIA 1. Planteamiento general 2. La sociedad civil de medios 3. La sociedad civil profesional de abogados 4. Las sociedades de ejercicio liberal de abogados 5. Las sociedades en participación de abogados 6. Las sociedades de participaciones financieras de abogados II. LOS DESPACHOS COLECTIVOS EN BÉLGICA III. LA «SOCIETÁ TRA AVVOCATI» ITALIANA 1. La sociedad entre abogados, la antesala de una futura regulación de las sociedades profesionales en Italia 2. La sociedad entre abogados en el Decreto Legislativo 96/2001, de 2 de febrero. 81 IV. LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE ABOGADOS EN ALEMANIA COMO MODELO AD HOC 1. La sociedad de responsabilidad limitada de abogados y otras formas de ejercicio en grupo de la abogacía 2. Régimen legal de la sociedad de responsabilidad limitada de abogados (Rechtsanwalts-GmbH) V. LA REGULACIÓN EN HOLANDA DE LA SAMENWEKINGSVERBANDEN DE ABOGADOS VI. LAS SOCIEDADES DE ABOGADOS EN AUSTRIA VII. LA SOCIEDAD CIVIL DE ABOGADOS EN PORTUGAL VIII. LAS SOCIEDADES DE ABOGADOS EN INGLATERRA Y GALES 1. Algunas particularidades del Derecho profesional inglés y galés 2. La regulación estatutaria de las sociedades de abogados (Solicitors Incorporated Practice Rules –SIPR–) CAPÍTULO III LA SOCIEDAD DE ABOGADOS EN EL ORDENAMIENTO ESPAÑOL I. LA NORMATIVA REGULADORA DE LAS SOCIEDADES DE ABOGADOS 1. Antecedentes: un largo camino hacia la plena admisión de la sociedad de abogados 2. Dualidad de normativas reguladoras de las sociedades de abogados 3. Dualidad de concepciones en la regulación de las sociedades de abogados 3.1. El ejercicio colectivo en el nuevo Estatuto General de la Abogacía 3.2. La reglamentación de las sociedades profesionales de abogados en el ámbito catalán II. EL EJERCICIO COLECTIVO DE LA ABOGACÍA: LA SOCIEDAD DE ABOGADOS STRICTO SENSU 1. Preliminar 2. Forma social 2.1. El principio de libre elección de forma societaria 2.2. Sociedades personalistas versus sociedades de capital 2.3. Sociedad Limitada Nueva Empresa 2.4. Cooperativa de abogados en régimen de trabajo asociado 2.5. La sociedad laboral de abogados 2.6. El despacho de un solo socio 3. Objeto social: el principio de exclusividad 4. Formalidades constitutivas. La inscripción colegial 4.1. Requisitos formales 4.2. La integración de la sociedad en el ámbito colegial: la inscripción en el Registro profesional A) El acto formal de la inscripción, altas y bajas en el Registro Profesional B) La total ausencia de control de legalidad profesional C) Posibles consecuencias de la no inscripción de la sociedad de abogados en el Registro profesional o del incumplimiento de las normas profesionales en los pactos societarios 5. Denominación social 5.1. El criterio general: remisión a la regulación societaria de la denominación social 5.2. La conservación en la razón social del nombre de antiguos socios 6. Composición subjetiva: propiedad y dirección profesional 6.1. Exclusividad profesional versus mayoría profesional 6.2. La disparidad de modelos de sociedades de abogados en el EGA y en el CAC 6.3. La vinculación entre sociedades de abogados 7. La aportación del socio abogado 7.1. La prestación de servicios profesionales en sociedad A) La observancia de la deontología profesional. En particular, la independencia y el secreto profesional B) Alcance de la prestación de servicios profesionales. La prohibición de competencia y la exclusión del turno de oficio 7.2. La aportación de nombre 7.3. La aportación de clientela 8. La participación en los resultados sociales 8.1. Los honorarios como ingresos sociales 8.2. Retribución de servicios profesionales y participación en beneficios 8.3. Criterios para la remuneración de la actividad profesional 9. El régimen de responsabilidad civil (...más)